Destinatarios: Alumnos de 4º de la ESO.
Asignatura: Ciencias Sociales.
Autor: Fernando Pariente.
1. LA NOTICIA
Las elecciones se nos acumulan en esta primavera del año 2019. El gobierno de Pedro Sánchez había apostado por alargar la legislatura hasta su término natural en el año 2020 y para ello pretendió aprobar unos Presupuestos Generales con el apoyo de los mismos partidos que se lo habían prestado en la moción de censura por la que se convirtió en presidente del Gobierno, pero esta vez los independentistas catalanes exigieron un precio tan alto que el líder socialista no estuvo dispuesto a pagar, por lo que disolvó las Cortes y convocó elecciones generales para el día 28 de abril. El calendario político ya tenía fijada de antemano otra fecha trascendental para el electorado: el 26 de mayo, cuando se acumulaban tres elecciones muy importantes como son al Parlamento Europeo en toda España; municipales en toda España; autonómicas en las autonomías donde se celebran habitualmente al mismo tiempo que las municipales. Tenemos, por tanto, que en el periodo de menos de un mes tiene lugar los principales modelos de elección que integran nuestro sistema político. Un tiempo de intensa vida democrática que afecta a todos. A unos porque tienen que tomar decisiones cuando hay muchos más competidores para elegir que los que había antes. A otros porque tienen que convencer con sus argumentos de que merecen ser elegidos.
“La Nueva España”, 07/03/2019
Elecciones generales 2019: Guía para no perderse ningún detalle
Una serie de datos y fechas nos servirán para orientarnos en el proceso electoral
A.R., Efe, Ep 07.03.2019
Las elecciones generales convocadas por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez para el próximo domingo 28 de abril se presentan como unas de las más inciertas, con el panorama político más fragmentado de la democracia. Una serie de datos y fechas nos servirán de guía en el calendario electoral que ya ha quedado abierto.
Voto por correo y desde el extranjero
Publicada ya la convocatoria, los electores que quieran ejercer su derecho a voto por correspondencia pueden solicitarlo en las oficinas de correos desde el pasado martes 5 de marzo y hasta el próximo 18 de abril. No obstante, la Junta Electoral Central podría decidir ampliar uno o varios días ese plazo.
Igualmente, los españoles que residen temporalmente fuera de España (ERTA) y que saben de antemano que van a estar en el extranjero en la época electoral también podrán solicitar desde este martes el voto por correo y hasta el 30 de marzo. Y lo mismo para los que viven en el extranjero (CERA).
En caso de que opten por votar presencialmente en urna, los electores deberán acudir a las embajadas o consulados correspondientes para depositar su papeleta entre el 24 y el 26 de abril, ambos inclusive.
Las candidaturas
Los partidos políticos deben comunicar sus coaliciones electorales desde el 6 de marzo y hasta las doce de la noche del día 15. Estas alianzas deben formalizarse en las distintas juntas electorales, sean provinciales o la JEC, si su ámbito supera una circunscripción. Entre el 20 y el 25 de marzo los partidos, coaliciones o agrupaciones electorales tendrán que presentar en las juntas electorales provinciales sus candidaturas al Congreso y al Senado.
El 2 de abril, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publica ya las candidaturas proclamadas por las juntas provinciales, una vez revisadas y, en su caso, corregidas.
Campaña electoral
A las 0.00 horas del viernes 12 de abril arranca la campaña electoral, que concluirá a las doce de la noche del viernes 26. Es decir, se va a desarrollar en plena Semana Santa, ya que este año el 14 de abril es Domingo de Ramos, el 19 es Viernes Santo y el 22 es Lunes de Pascua, festivo en parte de España y fin de la operación especial de tráfico que cada año se organiza en estas fiestas.
El 22 de abril será el último día para publicar encuestas electorales. Esta prohibición, que ahora se quiere eliminar sin que los partidos hayan sido capaces de reformar la ley, se impuso en protección de las formaciones minoritarias para evitar que las llamadas al voto útil en la recta final de la campaña se las llevara por delante.
Jornada de reflexión
El 27 de abril será la jornada de reflexión, en la que estará prohibido hacer actos de campaña.
Elecciones generales
El 28 de abril se celebrarán las elecciones, a las que están llamados a las urnas un total de 36.893.976 electores, de los cuales 34.799.999 son residentes en España y los otros 2.093.977 viven en el extranjero.
Para el Congreso deberán usar papeletas cerradas configuradas por los partidos, pero para el Senado pueden marcar en una lista abierta hasta tres candidatos, del mismo o de distintos partidos.
Constitución de las nuevas Cortes
Una vez resueltos todos los recursos y proclamados los resultados, se constituirán las nuevas Cámaras. Será a las diez de la mañana del 21 de mayo, tanto en el Congreso como en el Senado, ambos al mismo tiempo. Ese día tomarán posesión los parlamentarios elegidos y habrá que votar a los miembros de las dos mesas, incluyendo sus presidentes. Todo ello en plena recta final de la campaña de las elecciones europeas, autonómicas y municipales del 26 de mayo.
“La Voz de Galicia”, 15/02/2019
Una larga primavera electoral
Las elecciones generales, convocadas para el 28 de abril, obligatoriamente interferirán con las autonómicas, municipales y europeas. Así se presenta el complicado calendario político de los próximos meses
Finalmente no hubo sorpresa y Pedro Sánchez confirmó que las elecciones se adelantan al 28 de abril, fecha que contaba con más opciones y preferida por sus asesores. Una elección que obligatoriamente condiciona la negociación del nuevo Gobierno con la campaña de los comicios autonómicos, municipales y europeos del 26 de mayo. Las fechas así lo marcan. Este es el calendario electoral al que hará frente el país en los próximos meses:
En el caso de elecciones anticipadas, el presidente tiene que disolver previamente las Cortes Generales y en el decreto de disolución debe establecerse la fecha de celebración de los comicios. La publicación de ese real decreto en el BOE se produce un día después de que se promulgue. Esa fecha es clave ya que, según fija la ley, las elecciones se celebrarán justo 54 días después. Con la fecha ya anunciada -algo que hizo este viernes Pedro Sánchez-, el Gobierno deberá promulgar el real decreto de disolución de las Cortes el lunes 4 de marzo, y el BOE publicarlo el día 5 para que la cita con las urnas tenga lugar ese 28 de abril.
Una vez completado este proceso, saltamos a abril, concretamente al día 12, cuando arranca la campaña electoral de esos comicios generales. Se extenderá hasta el día 26, con el sábado 27 como jornada de reflexión y el domingo 28 como día de votación. La campaña se celebrará, por primera vez en democracia, en plena Semana Santa (Jueves Santo y Viernes Santo son el 18 y 19 de abril) y con media España de vacaciones.
En el real decreto que se publicará el 5 de marzo se hará constar también el día y hora de las sesiones constitutivas del Congreso y el Senado. En este último caso el presidente dispone de cierta flexibilidad ya que el artículo 68.6 de la Constitución establece que las Cortes tendrán que constituirse «dentro» de los 25 días siguientes a la fecha de las elecciones. Si Sánchez apurara este plazo al máximo, el nuevo Parlamento se constituiría el 23 de mayo, tres días antes de las elecciones locales, autonómicas (en 13 comunidades) y europeas del 26 de mayo, y justo al final de la campaña electoral para estos comicios, la segunda que vivirán los ciudadanos en menos de dos meses.
La campaña para esta nueva cita con las urnas se celebrará entre el 10 y el 24 de mayo, un periodo durante el que los partidos políticos deberían estar avanzando en las negociaciones para la investidura de un nuevo presidente del Gobierno, algo que no parece probable.
Además, la investidura del nuevo presidente, aunque las consultas del rey se demorasen lo mínimo imprescindible, no se produciría hasta después de ese superdomingo electoral de mayo, un dato que confirma que España llegará a las elecciones del 26 de mayo sin Gobierno.
2. OBJETIVOS
- El primer objetivo es que los alumnos reconozcan y comprendan el sistema electoral español.
- Que los alumnos diferencien los distintos procesos electorales que se dan en España.
- Que los alumnos reconozcan y comprendan las características específicas de cada uno de los procesos electorales.
- Que los alumnos incrementen su interés por conocer y participar en la medida de lo posible en los procesos electorales que van a celebrarse en España durante el año 2019.
- Que los alumnos asimilen los valores básicos de la democracia.
3. CONTENIDOS
Tipos distintos de elecciones
Nuestro sistema político presenta cuatro tipos diferentes de elecciones, cada uno con sus características precisas.
Están, por una parte las Elecciones Generales, en las que se decide quien debe gobernar el conjunto de la nación.
En segundo lugar están las Elecciones Locales, es decir, aquellas en las que se decide quién deba gobernar en cada uno de nuestros ayuntamientos.
En tercer lugar están las Elecciones Autonómicas, en las que se decide quien debe gobernar cada Comunidad Autónoma. Estas elecciones se celebran individualizadamente en las Comunidades Autónomas denominadas históricas, Andalucía, Cataluña, Galicia, y País Vasco, y simultáneamente con las elecciones locales en las demás comunidades autónomas.
Y en cuarto lugar están las Elecciones europeas en las que se eligen a los representantes españoles en el Parlamento Europeo.
Además, los ciudadanos podemos también acudir a las urnas si somos convocados a expresar nuestra opinión en un Referéndum.
Para entender cómo se desarrolla cada uno de estos tipos de elección es necesario considerar previamente los siguientes elementos que las definen:
Aspectos generales
- Juntas electorales
- El cuerpo electoral
- El contenido del voto
- El recuento de los votos
- El voto por correo
Las Juntas electorales
Son los órganos encargados de organizar y controlar el desarrollo de la elección. Existen distintos niveles jerarquizados. La Junta Electoral Central es la superior que gobierna todo el estado. En el segundo nivel las comunidades autónomas pueden establecer sus juntas electorales con jurisdicción sobre su territorio. Estas juntas centrales tienen una jurisdicción que perdura durante toda la legislatura. En el tercer nivel se establecen las juntas provinciales y en el cuarto nivel las juntas de zona cuyo territorio son los partidos judiciales. Estas juntas son propias de cada elección y se establecen cuando se convocan.
El cuerpo electoral
Llamamos cuerpo electoral al conjunto de ciudadanos que son llamados a participar en una elección. Estos, según el tipo de elección de que se trate, se agrupan en circunscripciones, que son las unidades básicas organizativas de las elecciones. El “cuerpo electoral” en cada elección queda fijado definitivamente en el Censo electoral, que es la lista pormenorizada en la que aparecen, una por una, todas las personas que tienen derecho a votar en esa elección. En ese Censo se determina además en qué Colegio electoral y en qué Mesa tiene que votar cada uno, porque no se puede votar donde a cualquiera se le ocurra, sino que es obligatorio hacerlo donde el censo determine. Esto es necesario para garantizar que no pueda haber fraude. El Colegio electoral es un lugar geográfico, generalmente un colegio público o un centro social o cualquier otro sitio disponible de la población, al que la Junta electoral y el Censo convocan a grupos determinados de votantes. Cada colegio suele disponer de varias mesas electorales, que son los núcleos organizados para la votación de un grupo de personas. Cada mesa se constituye por un presidente y dos vocales. Estos son elegidos por la Junta Electoral mediante un sorteo entre todos los habitantes de una circunscripción electoral que cumplan ciertos requisitos. En la mesa también puede haber apoderados o interventores de los partidos políticos, representantes oficiales de estos que pueden comprobar cuanto suceda en la mesa en el transcurso de la votación. La mesa dispone de un listado completo del censo de su circunscripción y cada votante que acude a ella dispone de una tarjeta que le ha enviado la Junta Electoral en la que se le indica exactamente la mesa en la que le toca votar. Cuando el votante se acerca a la mesa, el presidente le pide su identificación, la comprueba y comprueba también la presencia de su nombre en el listado del censo. Una vez hecho esto, el votante entrega su voto al presidente de la mesa para que lo deposite en la urna y los vocales marcan en el listado del censo que se ha ejercido el derecho del voto. De este modo se garantiza que la identidad del votante es la correcta y que sólo pueda votar una vez. Al final del día, cada mesa hace el recuento de los resultados y el número de papeletas de voto dentro de la urna tiene que ser igual que el de votantes señalados en las listas del censo después de haber ejercido el derecho a votar.
El contenido del voto
Ya hemos visto cómo votamos, pero lo que tiene más importancia es lo que podemos votar, el contenido de lo que votamos, lo que ponen las papeletas que introducimos en las urnas. Es obvio que cuando alguien va a votar no lleva un papel escrito por él en el que dice lo que le parece. No, para votar correctamente y que el voto sea válido hay que utilizar las papeletas oficialmente establecidas para cada una de las elecciones. Esas papeletas reflejan las distintas opciones que se presentan para ser elegidas. Están depositadas en las cabinas que los votantes utilizan para preparar su voto en la intimidad, sin testigos; también pueden estar en estanterías o mesas en los colegios electorales o los partidos políticos las envían también por correo al domicilio de los votantes y ellos acuden a las mesas llevándolas ya. Los votantes meten la papeleta elegida en un sobre y el sobre lo entregan al presidente de la mesa, después de identificarse y comprobar su inclusión en el censo electoral, para que este lo deposite en la urna. Las papeletas son distintas según el tipo de elección del que se trate.
El recuento de votos
Todavía nos falta un aspecto importante que tratar: ¿cómo se cuentan los votos? El recuento de los votos es el paso más importante de unas elecciones. No es tan sencillo como contar los votos emitidos a favor de cada lista y luego asignarle a cada uno los puestos que correspondan en proporción a los votos obtenidos. No, por distintas razones que tienen que ver con la gobernabilidad de los organismos objeto de las elecciones se aplican criterios correctores que favorecen que en estos organismos se puedan formar mayorías para gobernar sin obstáculos demasiado grandes. Si los resultados de las elecciones diesen puestos a muchos partidos diferentes, sería muy difícil alcanzar las mayorías necesarias para poder gobernar. Por eso, las leyes que rigen nuestros procesos electorales establecen dos condiciones en el recuento de los votos:
Umbral mínimo de votos para que los resultados sean admitidos a la elección.
Que la asignación de puestos se realice siguiendo el sistema de recuento de votos denominado D´Hondt.
Sistema D´Hondt
La adjudicación proporcional de los puestos de elección siguiendo el sistema ideado por el jurista belga Víctor D´Hondt funciona del modo siguiente: se ordenan de mayor a menor, en una primera columna, las cifras de votos obtenidos por las candidaturas que hayan superado el listón del tanto por ciento mínimo fijado para poder entrar en la adjudicación de puestos (suele ser el 3%). A continuación se divide el número de votos obtenidos por cada candidatura por 1, 2, 3, etc., hasta un número igual de escaños correspondientes a la circunscripción y se van anotando los resultados en columnas adyacentes formando un cuadro semejante al del modelo que se muestra a continuación. Los escaños se atribuyen a las candidaturas que obtengan los cocientes mayores en el cuadro, atendiendo a su orden decreciente.
En el modelo que se adjunta se supone que se trata de unas elecciones municipales y que el número de concejales a elegir son 17, los votos válidos emitidos han sido 360.000 que se han repartido entre cuatro partidos políticos a los que se ha denominado A, B, C, D. El partido A ha obtenido 160.000 votos, el partido B, 98.000, el partido C, 62.000 y el partido D, 40.000 votos. El reparto de concejales sería como sigue:
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | |
A | (1) | (3) | (5) | (7) | (10) | (12) | (14) | (16) | |||||||||
160.000 | 80.000 | 53.333 | 40.000 | 32.000 | 26.666 | 22.857 | 20.000 | 17.777 | 16.000 | 14.545 | 13.333 | 12.307 | 11.428 | 10.666 | 10.000 | 9.411 | |
B | (2) | (6) | (9) | (13) | |||||||||||||
98.000 | 49.000 | 32.666 | 24.500 | 19.600 | 16.333 | 14.000 | 12.250 | 10.880 | 9.800 | 8.909 | 8.166 | 7.538 | 7.000 | 6.533 | 6.125 | 5.764 | |
C | (4) | (11) | (15) | ||||||||||||||
62.000 | 31.000 | 20.666 | 15.500 | 12.400 | 10333 | 8.557 | 7.750 | 6.888 | 6.200 | 5.636 | 5.166 | 4.769 | 4.428 | 4.123 | 3.875 | 3.617 | |
D | (8) | (17) | |||||||||||||||
40.000 | 20.000 | 13.333 | 10.000 | 8.000 | 6.666 | 5.714 | 5.000 | 1.111 | 4.000 | 3.636 | 3.333 | 3.076 | 2.857 | 2.666 | 2.500 | 2.352 | |
Partido A | 8 elegidos | ||||||||||||||||
Partido B | 4 elegidos | ||||||||||||||||
Partido C | 3 elegidos | ||||||||||||||||
Partido D | 2 elegidos |
El primer elegido con 160.000 votos sería del partido A
El segundo elegido con 98.000 votos sería del partido B
El tercer elegido con 80.000 votos sería del partido A
El cuarto elegido con 62.000 votos sería del partido C
El quinto elegido con 53.300 votos sería del partido A
El sexto elegido con 49.000 votos sería del partido B
El séptimo elegido con 40.000 votos sería del partido A
El octavo elegido con 40.000 votos sería del partido D
El noveno elegido con 32.666 votos sería del partido B
El décimo elegido con 32.000 votos sería del partido A
El undécimo elegido con 31.000 votos sería del partido C
El duodécimo elegido con 26.666 votos sería del partido A
El décimo tercero elegido con 24.500 votos sería del partido B
El décimo cuarto elegido con 22.857 votos sería del partido A
El décimo quinto elegido con 20.666 votos sería del partido C
El décimo sexto elegido con 20.000 votos sería del partido A
El décimo séptimo elegido con 20.000 votos sería del partido D
El sistema de recuento de votos de D´Hondt se utiliza en España en casi todas las elecciones. También se utiliza en muchas otras naciones de Europa y del mundo.
Voto por correo
Las personas que por cualquier razón no puedan o no quieran desplazarse hasta su colegio electoral y votar en la mesa que el censo electoral les ha asignado pueden emitir su voto por correo, previa solicitud a la delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral. Una vez solicitado el voto por correspondencia no es posible votar personalmente en la mesa electoral. El voto por correspondencia se solicita en cualquier oficina del Servicio de Correos desde la convocatoria y hasta el décimo día anterior a la votación. El elector debe personarse en la oficina de Correos con su Documento Nacional de Identidad (original, no se admite fotocopia). Correos le facilita las instrucciones sobre el procedimiento a seguir. La Junta electoral remite estos votos, debidamente custodiados y cerrados, a las mesas que les correspondan para ser abiertos y contabilizados en ellas.
Distintos tipos de convocatorias electorales
Este año vamos a celebrar elecciones de los cuatro tipos y en ellas nos vamos a fijar observando cómo se comportan en relación con los elementos definitorios que hemos establecido.
Elecciones Generales
“Cuerpo electoral”
En las elecciones Generales lo constituye el conjunto de los españoles mayores de 18 años, inscritos en el censo electoral, tanto si residen en España como en el extranjero. Los que residen en el extranjero están obligados a lo que se denomina “voto rogado”, es decir a solicitar previamente el ejercicio efectivo de su derecho al voto. Las circunscripciones electorales son las provincias a las que corresponde un número determinado de diputados que elegir en función del tamaño de su población. Sin embargo, en el caso del Senado a cada provincia le corresponde en principio el mismo número de senadores, cuatro.
Contenido del voto
En las elecciones generales se eligen representantes de los ciudadanos para dos órganos distintos, el Congreso y el Senado. Los miembros del Congreso se denominan diputados y los del Senado, senadores. El procedimiento de la elección es diferente en cada uno de los casos. Por este motivo en estas elecciones los votantes tienen que depositar en las urnas dos papeletas diferentes que externamente se diferencian entre sí por el color del papel y de los sobres en los que van metidas, blanco para los diputados, sepia para los senadores.
Papeletas de elección de los diputados
Cada partido presenta una lista cerrada de candidatos propuestos por el partido. El número de personas que figuran en la lista está determinado por el de diputados que corresponden a cada circunscripción, que, como ya hemos dicho es la provincia. A estos se pueden añadir suplentes. A la provincia de Madrid, por ejemplo, le corresponden 36 diputados y a la de A Coruña 8. El que presenta la lista es el partido y la presenta como un conjunto. El votante no puede añadir ningún nombre, ni tachar, ni cambiar el orden, ni escribir nada en la papeleta. Tiene que aceptar la lista tal y como la ha establecido el partido político del que se trate. Por tanto, lo que el votante elige, en realidad, es un partido político que ha elegido previamente las personas que deben representarlo en proporción con los votos que su lista obtenga. Se eligen 350 diputados.
Papeletas de elección de senadores
En el caso de los senadores todas las circunscripciones o provincias disponen en principio del mismo número de escaños, cuatro, pero sólo tres son elegibles por los votantes. El cuarto es elegido por el Parlamento de cada Comunidad Autónoma, que puede elegir además si la circunscripción tiene más de un millón de habitantes otro más y así sucesivamente por cada millón de habitantes. En este caso la elección es directa y los candidatos se presentan en nombre propio, no incluidos en una lista propuesta por cada partido. Por ese motivo el votante no tiene que escoger una papeleta entre todas las que presentan los partidos con sus listas, sino que solamente hay una papeleta única mucho más grande que las habituales en la que aparecen todos los candidatos que se presentan en la circunscripción, sean del partido que sean. El votante tiene que escoger a los tres candidatos de su opción marcando la casilla que figura junto a su nombre. El votante es absolutamente libre para elegir a quienes quiera, aunque no sean del mismo partido. Resultarán electos los tres nombres que reciban mayor número de votos en el orden que marquen las cantidades de votos recibidas.
Recuento de votos
Una vez cerrados los colegios electorales, se produce el recuento de votos y se aplica el sistema de D´Hont para establecer el resultado. El umbral mínimo de votos establecido en las elecciones generales para ser admitido en el recuento es del 3 %. Después de las votaciones y del recuento de los votos, se constituyen el Congreso de los Diputados y el Senado y se eligen a los presidentes y a las mesas que serán los encargados de organizar la actividad parlamentaria de acuerdo con sus reglamentos. Los diputados elegidos deben presentar sus credenciales para incorporarse y lo hacen inscribiéndose dentro de un grupo parlamentario propio de su partido político. Para poder formar grupo se necesita un número mínimo de 15 diputados o de 5 que representen el 15% de los votos emitidos en la circunscripción por la que se han presentado o, también, el 5% del conjunto nacional. Los partidos políticos que no hayan conseguido formar grupo propio porque carecen de ese número mínimo, tendrán que integrarse en un grupo que se denomina Grupo Mixto. Una vez constituidas las cámaras, el Congreso de los Diputados adquiere mayor protagonismo y sus primeras actuaciones van encaminadas a la elección del presidente del Gobierno. Para ello, el Rey, como jefe del Estado, debe llamar a consulta a los líderes de cada uno de los grupos políticos que se han constituido para recabar información sobre los votos que piensan emitir sus miembros en la próxima sesión de investidura. Para ganar la confianza de la cámara y ser elegido presidente del Gobierno se necesita mayoría absoluta de los votos de los diputados, es decir, la mitad de los votos más uno.
Pero si esto no se consigue se somete la misma propuesta a nueva votación cuarenta y ocho horas más tarde y la confianza se entenderá otorgada si obtuviere la mayoría simple. Cuando el grupo mayoritario dispone de un número de diputados que cubre o sobrepasa esas mayorías, la propuesta del Rey es inmediata y se celebra enseguida el pleno de investidura. Pero cuando no es ese el caso se abre un periodo de negociación entre los distintos partidos para lograr una coalición.
Ese tiempo puede ser más menos largo y el Rey no volverá a llamar a consultas a los líderes de los partidos mientras no haya recibido información de que alguien ha llegado a un acuerdo de coalición, Cuando eso ocurra la Casa Real vuelve a establecer una ronda de consultas y al final de ella encargará al diputado que lidere la coalición la tarea de presentar su programa de gobierno, someterlo a debate y superar la votación para recibir la confianza de la cámara en el pleno de investidura. Si los partidos no logran ponerse de acuerdo pasado un periodo de dos meses contados desde la primera votación de investidura, las Cortes quedan disueltas automáticamente y se tienen que convocar nuevas elecciones.
Elecciones Locales
Cuerpo electoral
En las elecciones locales son los vecinos mayores de 18 años empadronados en cada municipio. Normalmente se celebran en todos los municipios de España a la vez y, por tanto, todos los españoles votamos en el mismo día pero cada vecino lo hace como parte del cuerpo electoral de su propio ayuntamiento. Una peculiaridad que presenta este cuerpo electoral es la de que puedan pertenecer a él personas que no tengan la nacionalidad española, pero que pertenezcan a la Unión Europea, estén empadronados en algún municipio español y hayan manifestado su deseo de ser incluidos en el censo electoral. También los ciudadanos de otros países con los que España haya firmado acuerdos de reciprocidad pueden tener acceso a este privilegio. En el censo electoral costa la relación nominal de cada uno de los electores con derecho a voto. Se hace público con anterioridad a la fecha electoral. La circunscripción en las elecciones locales es el ayuntamiento. Cuando este es grande y con mucha población se divide a su vez en secciones. De este modo las ciudades quedan divididas en zonas y dentro de cada una de ellas se establecen los colegios electorales.
Contenido del voto
En las papeletas de las votaciones municipales de los ayuntamientos de más 250 habitantes aparece una lista de personas que aspiran a ser concejales en nombre de un partido político. El que presenta la lista es el partido y la presenta como un conjunto. No son las personas las que han tomado individualmente la iniciativa, sino que han sido elegidos por su partido para formar parte de ella. Hay candidatos titulares y suplentes en un número que depende de la población del municipio. La lista de titulares debe coincidir con el número de concejales que tenga asignado cada municipio. A estos se les puede añadir un número de suplentes. El primero de la lista aspira a ser el alcalde. El votante no puede añadir ningún nombre, ni tachar, ni cambiar el orden. Tiene que aceptar la lista tal y como la ha establecido el partido político del que se trate. Por tanto, lo que el votante elige, en realidad, es un partido político que ha elegido previamente los concejales que deben representarlo en proporción con los votos que su lista obtenga.
Recuento de votos
Una vez cerrados los colegios electorales, se produce el recuento de votos y se aplica el sistema de D´Hont para establecer el resultado. El umbral mínimo de votos establecido en las elecciones municipales para ser admitido en el recuento es del 5 %. Inmediatamente después se constituye la corporación municipal que es el conjunto de todos los concejales elegidos y su primera actuación es la elección del alcalde. Votan todos ellos y es elegido el que obtenga la mayoría absoluta, es decir, el 50% más 1 de los votos. Los concejales que cada partido haya obtenido votan por el cabeza de su lista o, si han establecido una coalición con otro partido, por el cabeza de la lista que se haya determinado en la coalición. Si ningún candidato obtuviera la mayoría absoluta pasaría a ser alcalde el cabeza de la lista más votada. En resumen, se trata de una elección indirecta: los votantes eligen a los que elegirán al alcalde. En los municipios de menos de 250 habitantes el sistema funciona igual, excepto en lo que se refiere a las listas de los partidos, que en este caso no son cerradas.
Elecciones Autonómicas
Cuerpo electoral
En las elecciones autonómicas lo forman los españoles mayores de 18 años, empadronados en algún municipio de esa Comunidad Autónoma. Todos ellos están nominalmente relacionados en el censo electoral que se hace público antes de las elecciones. Las circunscripciones electorales son las provincias. A cada circunscripción le corresponde un número de diputados que elegir de acuerdo con el tamaño de su población.
Contenido del voto
Los parlamentos de las comunidades autónomas sólo disponen de un cámara, la de diputados. El sistema de elección de los diputados autonómicos es básicamente igual al de la elección de diputados del Congreso. Las circunscripciones electorales son también las provincias y el número de diputados que corresponden a cada circunscripción viene determinado por la legislación específica de cada Comunidad autónoma, teniendo siempre como criterio de referencia la población de cada una de ellas. Las listas de candidatos son cerradas.
Recuento de votos
Una vez cerrados los colegios electorales, se produce el recuento de votos y se aplica el sistema de D´Hont para establecer el resultado. No existe un umbral mínimo de votos establecido para todas las comunidades autónomas, cada comunidad establece el suyo propio. En Galicia es del 5%
Elecciones al Parlamento Europeo
Cuerpo electoral
Se celebran cada cinco años de forma conjunta en todos los países miembros, aunque no exactamente en la misma fecha. El cuerpo electoral lo constituyen todos los ciudadanos de la UE que pueden ejercer su derecho al voto bien en su país original, bien en su país de residencia. En España constituyen el censo electoral todos los españoles mayores de 18 años y los ciudadanos de la Unión Europea residentes aquí.
Contenido del voto
Cada partido o coalición de partidos presenta una lista cerrada, igual en toda España porque la circunscripción es única para todo el territorio nacional. Se elige la lista cerrada.
La circunscripción electoral es única y abarca la totalidad de la nación.
Recuento de votos
Una vez cerrados los colegios electorales, se produce el recuento de votos y se aplica el sistema de D´Hont para establecer el resultado. No existe un umbral mínimo de votos. El número de parlamentarios que se elegirán por España es de 59, si el Brexit británico es ya una realidad, pero este número puede variar.
4. METODOLOGÍA Y ACTIVIDADES
El trabajo en el aula se desarrollará en gran grupo y en pequeños grupos.
Las sesiones de trabajo se podrán dividir y espaciar de forma que se hagan coincidir con fechas anteriores, pero próximas a las de las elecciones generales del 28 de abril, municipales, autonómicas y europeas del 26 de mayo de 2019.
El trabajo ocupará la actividad de dos semanas del curso escolar, seis sesiones de aula.
La actividad se desarrollará en varias fases:
Fase de planificación.
Breve presentación a los alumnos de la noticia, formación de grupos de trabajo. Información sobre el calendario de la actividad: Primera parte: prioridad, las elecciones generales. Una semana de trabajo, tres sesiones de clase. Segunda parte: prioridad, las elecciones municipales, autonómicas y europeas. Una semana de trabajo, tres sesiones de clase. Asignación de tareas a cada pequeño grupo. El profesor deberá hacer un listado de los conceptos y procesos claves que se describen en la presentación de contenidos y encargar a cada grupo parte de ellos como objeto de su investigación.
Fase de investigación, búsqueda de documentación sobre la mecánica y el funcionamiento de las elecciones.
Recogida de términos y datos. Cada grupo investigará sobre los conceptos y procesos que le hayan sido asignados. Buscará copias y modelos concretos de papeletas; testimonios de personas participantes, elementos publicitarios, carteles, cuñas publicitarias, videos, etc.
Las fuentes se encontrarán principalmente en el seno familiar, publicidad domiciliaria de los partidos políticos, opiniones políticas de los adultos de su entorno; también en Internet y en la prensa escrita usando los servicios de hemerotecas. Estos grupos deberán realizar una propuesta de presentación y explicación de los términos y procesos que les haya tocado investigar.
Una sesión de clase y trabajo fuera del aula.
Fase de presentación y debate
Para realizar esta fase del trabajo los alumnos se mantendrán unidos en el conjunto de la clase. Cada grupo hará su presentación y responderán a las preguntas y dudas que les expongan sus compañeros. En una sesión de clase deberán hacer sus presentaciones todos los grupos de la clase.
En una segunda sesión de clase, en el grupo general, los alumnos debatirán sobre las ventajas e inconvenientes que tiene el sistema de votaciones establecido en España, así como los motivos que se adujeron para elegirlo.
Una sesión de clase y trabajo fuera del aula
Fase: extrapolación
Se trata de que los alumnos simulen del modo más real posible su participación en unas elecciones. El esquema de trabajo será el siguiente:
El gran grupo elegirá el tipo de elecciones objeto de la simulación: locales, autonómicas o generales.
Cada grupo pequeño de trabajo se constituirá en partido político, elegirá un líder y preparará un programa electoral y una campaña electoral.
Una sesión de clase y trabajo fuera del aula
Cada líder expondrá su programa.
Una sesión de clase.
Entre todos los líderes se organizará un debate, moderado por el profesor, en el que defiendan sus propuestas.
Al final del debate se procederá a una votación secreta en la que participarán todos los alumnos de la clase.
5. RECURSOS
Elecciones en España
https://es.wikipedia.org/wiki/Elecciones_en_Espa%C3%B1a
Elecciones europeas
https://europa.eu/european-union/about-eu/institutions-bodies/european-parliament_es
El Disputado voto del señor Cayo
-Novela de Miguel Delibes ambientada en la campaña electoral de las primeras elecciones democráticas celebradas en España después de la dictadura franquista.
-Existe también una buena versión cinematográfica, protagonizada por Francisco Rabal y dirigida por Antonio Giménez Rico.
6. EVALUACIÓN
La evaluación del trabajo realizado debe estar íntimamente relacionada con los objetivos perseguidos.
Los tres primeros objetivos se proponían que los alumnos reconocieran y comprendieran el sistema electoral español, los diferentes procesos electorales y su desarrollo.
Para evaluar el logro de estos objetivos será necesario que el profesor analice los trabajos realizados por los grupos pequeños de alumnos en las fases 2ª y 3ª, investigación de términos y procesos y presentación de resultados y debate. Habrá que valorar su precisión en la formulación de conceptos, su fidelidad en la descripción de procesos, su creatividad para buscar materiales de apoyo, su capacidad para obtener información de su entorno, su laboriosidad para acometer las tareas necesarias.
Este aspecto del trabajo se puede también evaluar mediante un test de respuestas múltiples que puede preparar el profesor para ser respondido individualmente por los alumnos.
Los dos objetivos restantes se referían a la asimilación de valores democráticos por parte de los alumnos.
Para evaluar el logro de estos objetivos será necesario tener en cuenta la actuación de cada grupo pequeño y de cada individuo dentro del grupo general de alumnos en la fase 4ª del trabajo, la de simulación de un proceso electoral. Habrá que valorar la disposición y entusiasmo con que se hayan entregado al trabajo, su acierto para elegir al líder del grupo, su coherencia que diseñar un programa, su capacidad para reconocer con realismo su entorno, la convicción en la exposición de sus ideas, su habilidad para argumentar en defensa de sus ideas, su agudeza para desmontar argumentos ajenos, su tolerancia en el debate …
Este aspecto del trabajo puede ser evaluado también de modo individual proponiendo a los alumnos la redacción personal tanto de un informe sobre el tema, como del proceso real de las elecciones de las que van a ser testigos el 28 de abril y el 26 de mayo de 2019.